Primeras Sentencias que obligan a eliminar las viviendas para fines turísticos ilegales
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Hace algún tiempo, concretamente en el mes de mayo de 2017, el Tribunal Supremo, obligó a la plataforma de alquiler vacacional HomeAway, a retirar de sus listados online todos los inmuebles anunciados que no dispusieran de la correspondiente acreditación emitida por la Generalitat de Cataluña, para ejercer su actividad. Ahora le ha llegado el turno a otra autonomía. El Juzgado de lo Contencioso Número 2 de Valencia, ha ratificado la sanción de 30.000 euros impuesta por la Generalitat Valenciana, obligando, al igual que en Cataluña, a retirar todos los pisos ilegales que ejercen en el sector del alquiler turístico en esa comunidad autónoma.
Y es que, aunque pudiera parecerlo, las administraciones públicas y judiciales no están en contra de la economía colaborativa cuando actúa contra las plataformas HomeAway, Airbnb, Bla Bla Car, Cabify, etc. Sin ir más lejos, ponemos como ejemplo la última Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra Uber, entendiendo que no estamos ante unos simples intermediarios digitales, sino ante auténticas empresas que prestan un servicio regulado, para el que no disponen de la correspondiente licencia. Lo que se persigue en todos los casos es, precisamente, la falta de igualdad de condiciones a la hora de prestar un servicio, sea de alquiler de vehículos o arrendamiento de viviendas, ya que la falta de ese permiso, suele generar en gran medida: economía sumergida, falta de homogeneidad en la calidad de los servicios, cuando no, auténticas estafas al usuario o turista.